Ayudas borrascas 2026: hasta 5.000€ autónomos y 150.000€ empresas en Andalucía y Extremadura

Ayudas por borrascas 2026 en Andalucía y Extremadura para autónomos y empresas

El BOE publica hoy el Real Decreto-ley 5/2026 con ayudas urgentes por borrascas e inundaciones en Andalucía y Extremadura. Los autónomos recibirán 5.000 euros y las empresas entre 10.000€ y 150.000€ según facturación. Además, hay exenciones en IBI e IAE 2026, ayudas agrarias con bonificación del 70% en seguros, y anticipos rápidos del 50% (particulares) y 100% (ayuntamientos). Plazo para el formulario AEAT: 30 de junio 2026.

Te explicamos todas las ayudas disponibles, quién puede pedirlas, cuánto dinero recibirás, cómo solicitarlas paso a paso y qué beneficios fiscales aplican.

Qué ha pasado: borrascas Leonardo y Marta devastan el sur

Datos del impacto

Entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, una sucesión de borrascas (Leonardo, Marta y otras) ha causado daños masivos:

Precipitaciones récord:

  • 4.400 litros/m² en Sierra de Grazalema (en pocas semanas)
  • Segundo mayor incremento semanal de embalses desde que hay registros
  • 10.000 hm³ almacenados en dos semanas

Impacto humano y material:

  • +9.500 incidencias en Andalucía y Extremadura
  • 12.400 personas desalojadas
  • 150 carreteras cortadas
  • 300 estaciones de aforo enviando avisos simultáneos

Gestión hidráulica extrema:

  • Desembalses de 15.000 m³/s (récord absoluto)
  • 6.000 m³/s vertidos a Portugal por Cedillo (no ocurría desde 1996)

Declaración oficial

El Consejo de Ministros declaró el 10 de febrero de 2026 como zona afectada gravemente por emergencia de protección civil los territorios dañados.

Ayudas directas a autónomos y empresas: de 5.000€ a 150.000€

Cuantías según actividad

Tipo de beneficiarioVolumen de operacionesAyuda directa
Autónomo(cualquiera)5.000 €
Empresa< 1 millón €10.000 €
Empresa1-2 millones €20.000 €
Empresa2-6 millones €40.000 €
Empresa6-10 millones €80.000 €
Empresa> 10 millones €150.000 €

Requisitos para acceder

Autónomos:

  • Estar dado de alta en el RETA
  • Desarrollar actividad en municipios afectados de Andalucía o Extremadura
  • Que la actividad se haya visto afectada por desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves

Empresas:

  • Desarrollar actividad económica en zonas afectadas
  • Haber sufrido perturbación en el normal desarrollo de la actividad por las borrascas
  • Acreditar el volumen de operaciones (último ejercicio cerrado)

Características de las ayudas

Exención fiscal:NO tributan en IRPF ni Impuesto de Sociedades ✅ Son inembargablesCompatibles con otras ayudas (sin superar el daño total)

Forma de pago:

  • Abono directo a cuenta bancaria indicada en formulario AEAT
  • Sin necesidad de justificar gastos previos
  • Ayuda directa y rápida

Cómo solicitarlas: formulario AEAT

1. Acceso al formulario

  • Sede electrónica de la Agencia Tributaria
  • Disponible próximamente (en días)
  • Con certificado digital o Cl@ve

2. Plazo de presentaciónHasta el 30 de junio de 2026

3. Datos a incluir

  • Identificación fiscal (NIF/CIF)
  • Cuenta bancaria IBAN (donde recibir el pago)
  • Ubicación de la actividad afectada
  • Declaración responsable de cumplimiento requisitos

4. Resolución y pago

  • Comprobación automática datos AEAT
  • Pago en plazo breve (estimado 1-2 meses)
  • Sin necesidad de presentar documentación adicional

Ayudas agrarias: hasta 70% bonificación en seguros

Tipos de ayudas al sector agrario

El Capítulo III del RDL establece tres líneas de ayudas agrarias:

1. Ayuda extraordinaria directa

Beneficiarios:

  • Personas físicas o jurídicas con explotaciones agrarias
  • Localizadas en municipios afectados de Andalucía y Extremadura
  • Daños desde el 1 de enero de 2026

Características:

  • Pago directo sin justificación previa de gastos
  • Sistema de gestión ágil con mínimas cargas administrativas
  • Cuantía según daños en cada explotación
  • Límites de ayudas de Estado aplicables

Objetivo: Inyección rápida de fondos para:

  • Asegurar supervivencia explotaciones
  • Gastos urgentes por alteración condiciones edafológicas
  • Saturación hídrica del suelo
  • Retraso labores agrícolas
  • Proliferación patógenos y riesgos sanidad vegetal

2. Ayuda complementaria seguro agrario

Beneficiarios:

  • Agricultores con póliza de seguro agrario combinado vigente
  • Siniestros declarados y peritados por Agroseguro
  • Daños no cubiertos completamente por el seguro

Cómo funciona:

  • Agroseguro perita el siniestro
  • Determina valor del daño asegurado
  • El Estado compensa la parte NO indemnizada por el seguro
  • Cubre la totalidad del daño en cada parcela

Ejemplo práctico:

  • Daño total cultivo: 10.000€
  • Seguro agrario cubre: 7.000€ (70%)
  • Ayuda complementaria: 3.000€ (30% restante)
  • Total compensado: 10.000€ (100% del daño)

3. Bonificación adicional prima seguro

Novedad clave: Bonificación hasta el 70% del coste total de la prima del seguro agrario combinado

Funcionamiento:

  • El productor contrata seguro agrario combinado
  • El Estado ya bonifica parte de la prima (subvención habitual)
  • Se añade bonificación adicional hasta alcanzar el 70% del coste total
  • Máximo permitido por normativa europea

Beneficio real: Si la prima cuesta 1.000€:

  • Bonificación habitual: 500€ (50%)
  • Bonificación adicional: 200€
  • Total bonificado: 700€ (70%)
  • Coste agricultor: 300€ (30%)

Objetivo:

  • Fomentar el aseguramiento como política estructural
  • Reducir coste para productores en zonas afectadas
  • Apoyar sostenibilidad del sector primario

Ayudas a infraestructuras agrarias

Restauración caminos rurales:

  • Subvenciones para reparar caminos rurales dañados
  • Infraestructuras asociadas a explotaciones
  • Acceso a parcelas afectadas

Comunidades de regantes:

  • Ayudas para recuperar infraestructuras de riego
  • Reparación sistemas colectivos dañados
  • Restauración capacidad productiva

Ayudas pesqueras: compensación por reducción actividad

Impacto en el sector pesquero

Golfo de Cádiz (1 enero – 9 febrero):

  • Arrastre de fondo: -55% actividad
  • Artes menores: -75% actividad
  • Cerco: -25% actividad (descontando veda enero)

Mediterráneo (mismo periodo):

  • Artes menores: -77% actividad
  • Arrastre de fondo: -21% actividad
  • Cerco: -39% actividad

Ayudas previstas

Flotas pesqueras:

  • Compensación por disminución de ingresos
  • Debido directamente a malas condiciones meteorológicas
  • Objetivo: garantizar viabilidad del sector

Acuicultura:

  • Ayudas a acuicultores afectados por las borrascas
  • Daños en instalaciones
  • Pérdidas producción

🌊 Gestiona tus ayudas agrarias: En FiscalBot puedes configurar recordatorios de plazos para no perder ninguna convocatoria, consultar novedades del BOE sobre ayudas agrarias y acceder a herramientas habituales para cálculos fiscales.

Ayudas por daños personales: hasta 72.000€

Cuantías por fallecimiento o incapacidad

Tipo de daño personalAyudaCambios vs normativa habitual
Fallecimiento72.000 €Era 60.000€ (+20%)
IncapacidadSegún gradoMismas cuantías RD 307/2005

Novedades en beneficiarios

Se eliminan requisitos:NO se exige dependencia económica para acceder a la ayuda ✅ Pueden ser beneficiarios sin convivir con el fallecido:

Orden de prelación beneficiarios:

  1. Cónyuge o pareja de hecho (2 años convivencia, o menos si hay hijos comunes)
  2. Hijos menores de edad (propios o de la pareja)
  3. Hijos mayores de edad
  4. Padres del fallecido
  5. Abuelos (ascendientes segundo grado)
  6. Hermanos

Reparto en caso de concurrencia:

  • Se aplican criterios del RD 307/2005
  • Distribución según grado de parentesco y número

Ayudas por daños en vivienda: hasta 60.480€

Cuantías según tipo de daño

Daño en vivienda habitualAyuda máximaAntes era
Destrucción total60.480 €41.280€ (+46%)
Daños estructurales41.280 €26.040€ (+58%)
Daños NO estructurales20.640 €15.080€ (+37%)
Enseres domésticos10.320 €6.200€ (+66%)
Elementos comunes (comunidad)36.896 €Igual

Mejoras en el acceso

Eliminación barreras:NO se exige límite de ingresos anuales (antes sí había tope) ✅ Acceso universal para todos los afectados ✅ Se admite cualquier documento que acredite titularidad (no solo escrituras)

Documentación aceptada:

  • Recibo del IBI
  • Contrato de arrendamiento (para inquilinos con daños en enseres)
  • Certificado catastral
  • Cualquier otro justificante de titularidad

Acreditación del daño:

  • Informe pericial contratado por el ayuntamiento
  • Validado por administración competente
  • Valoración de daños en vivienda y enseres

Cobertura ampliada en enseres

Novedad importante: La ayuda por enseres cubre TODO tipo de bienes en la vivienda:

✅ Muebles y electrodomésticos ✅ Equipos de trabajo en remoto (ordenadores, impresoras) ✅ Herramientas para teletrabajo ✅ Cualquier bien necesario para desarrollo normal de vida

Sin límite del 50%: Antes: se pagaba solo el 50% de daños valorados Ahora: se paga el 100% del daño hasta los límites máximos

Ayuda por desalojos: 150€/día por persona

Cómo funciona

Cuantía: 150 euros diarios por persona desalojada

Periodo cubierto:

  • Desde el día del desalojo efectivo
  • Hasta que la autoridad permita regresar al inmueble
  • Sin límite de días

Ejemplo de cálculo:

  • Familia de 4 personas
  • Desalojada 20 días
  • Ayuda total: 4 personas × 150€ × 20 días = 12.000€

Requisitos

Residencia habitual en el inmueble desalojado ✅ Desalojo ordenado por autoridad competente ✅ Estar empadronado en el municipio

Documentación necesaria

Declaración responsable que incluya:

  • Que residían habitualmente en el inmueble
  • Título jurídico de ocupación (propiedad, alquiler, etc.)
  • Manifestación de haber sido desalojados
  • Días que permanecieron fuera hasta autorización regreso

Certificado de empadronamiento

Información municipal: Las Delegaciones/Subdelegaciones del Gobierno recabarán datos sobre:

  • Fecha del desalojo
  • Fecha autorización de regreso

Plazo de solicitud

⏰ El plazo de 3 meses comienza al día siguiente de la autorización de regreso

Ayudas a entidades locales: anticipo del 100%

Obras financiables

Infraestructuras municipales/provinciales:

  • Reparación, restitución, reconstrucción
  • Mejora y ampliación si procede
  • Equipamientos e instalaciones municipales
  • Servicios públicos locales

NOVEDAD: Incluye redes de agua ✅ Redes de saneamiento ✅ Sistemas de depuración de aguas

Anticipos sin precedentes

Particulares: Hasta 50% de la ayuda máxima Entidades locales: Hasta 100% de la ayuda máxima

Requisito:

  • Presentación declaración responsable
  • Firmada por representante legal del ayuntamiento
  • Sin documentación adicional previa

Ventaja: Liquidez inmediata para empezar obras sin esperar resolución definitiva

Comisión de Evaluación

Constitución: Se crea en las Delegaciones del Gobierno de Andalucía y Extremadura

Composición:

  • Ministerio de Hacienda
  • Ministerio del Interior
  • Ministerio de Política Territorial

Plazo: 1 mes para determinar municipios que pueden acceder

Criterios de selección:

  1. Magnitud daños en infraestructuras/equipamientos municipales
  2. Situación financiera que impida afrontar reconstrucción
  3. Haber sufrido evacuación de población

Beneficios fiscales: exenciones IBI e IAE 2026

Exención IBI 2026

Beneficiarios: ✅ Inmuebles dañados directamente por borrascas e inundaciones ✅ Tanto propietarios particulares como empresas

Alcance:

  • Ejercicio 2026 completo
  • Incluso si ya se pagó el recibo

Devolución:

  • Los contribuyentes que ya pagaron pueden pedir devolución
  • Presentar solicitud al ayuntamiento
  • Con documentación acreditativa del daño

Reducción IAE 2026

Beneficiarios: ✅ Actividades económicas en inmuebles afectados

Alcance:

  • Ejercicio 2026
  • Proporcional al daño sufrido

Compensación a ayuntamientos

Importante: La Hacienda del Estado compensará a los ayuntamientos por la pérdida de recaudación

Objetivo: Que los municipios no pierdan ingresos por aplicar las exenciones

Otras exenciones fiscales

Tasas de tráfico: ✅ Tramitación baja de vehículos dañados ✅ Duplicados de permisos circulación destruidos ✅ Duplicados de permisos conducción extraviados

Tasa DNI:Expedición duplicados destruidos o extraviados por las borrascas

Certificaciones catastrales: ✅ Exención de tasa acreditación catastral ✅ Para certificaciones inmuebles en municipios afectados

Reducción IRPF para actividades agrarias

Reducción índices de rendimiento neto

Afectados: Agricultores en estimación objetiva (módulos) en zonas afectadas

Medida: Se reducen los índices de rendimiento neto establecidos para 2026

Referencia: Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre (desarrolla estimación objetiva 2026)

Efecto:

  • Menor tributación en IRPF 2026
  • Reconocimiento del impacto de las borrascas
  • Ajuste automático en declaración Renta 2027

Medidas laborales: ERTEs y prestaciones especiales

ERTEs por fuerza mayor

Especialidades:

Informes de Inspección de Trabajo: Potestativos (no obligatorios)

  • Agiliza tramitación
  • No afecta a comprobación posterior

Prestación por desempleo especial:

  • Sin periodo de carencia
  • No consume cotización
  • Cuantía: 70% de la base reguladora (durante todo el periodo)

Empleadas del hogar

Derechos reconocidos: ✅ Suspensión contractual por imposibilidad prestar servicio ✅ Reducción de jornada ✅ Prestación desempleo sin carencia ✅ Cuantía 70% base reguladora ✅ No consume periodos cotizados

Acreditación: Mediante declaración responsable de la imposibilidad de prestar servicio

Trabajadores agrarios eventuales

Problema: Las borrascas han impedido realizar jornadas agrícolas, sin culpa del trabajador

Solución: Se computan como jornadas a efectos de:

  • Subsidio por desempleo agrario (min. 35 jornadas)
  • Renta agraria (Andalucía y Extremadura)

Requisito: Que la reducción de jornadas esté debidamente acreditada por las circunstancias excepcionales

Prohibición de despido

Empresas que reciban:

  • Ayudas directas del artículo 15
  • ERTEs con prestaciones especiales

NO podrán despedir a trabajadores afectados por las medidas

Consecuencia incumplimiento:

  • Despido será nulo
  • Empresa debe devolver todas las ayudas recibidas

Contratos temporales

La suspensión por borrascas NO afecta a:

  • Duración máxima del contrato temporal
  • Periodos de referencia

Objetivo: Clarificar que el tiempo suspendido no cuenta para límites de temporalidad

Medidas Seguridad Social: exenciones y moratorias

Prestación cese de actividad autónomos

Sin requisitos: ✅ Autónomos que cesen actividad por las borrascas ✅ NO deben acreditar periodo mínimo de cotización ✅ NO deben acreditar fuerza mayor

Acceso directo a la prestación

Exenciones a la cotización

Beneficiarios:

  • Empresas con actividad afectada por inundaciones
  • Trabajadores con actividad suspendida o reducida

Alcance:

  • Exención cuotas Seguridad Social
  • Durante el periodo de suspensión/reducción

Solicitud: Presentar a la Tesorería General de la Seguridad Social

Aplazamiento de cuotas

Beneficiarios: ✅ Empresas afectadas ✅ Trabajadores autónomos afectados

Modalidades:

  • Aplazamiento de cuotas
  • Moratoria en el ingreso

Condiciones: Sin intereses o con condiciones favorables (pendiente de concretar)

Ingreso Mínimo Vital

Excepción al cómputo de rentas:

Las ayudas de este RDL NO computarán como rentas para el IMV

Efecto:

  • No se pierden ayudas IMV por recibir ayudas por borrascas
  • Compatibilidad plena
  • Protección de colectivos vulnerables

Municipios afectados: cómo saber si estás incluido

Determinación oficial

Responsable: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

Procedimiento:

  1. Comisión de Evaluación analiza daños (plazo 1 mes)
  2. Propone lista de municipios
  3. Ministerio publica relación oficial

Criterios:

  • Desalojos o evacuaciones de población
  • Inundaciones graves
  • Daños significativos en infraestructuras
  • Perturbación normal desarrollo actividad

Dónde consultar

Anexo del RDL: El Real Decreto-ley incluye un anexo con municipios inicialmente identificados

Actualización: La lista se ampliará según vaya completándose la evaluación de daños

Consulta:

  • Web del Ministerio de Política Territorial
  • Delegaciones/Subdelegaciones del Gobierno en Andalucía y Extremadura
  • Ayuntamientos de las zonas afectadas

Medidas en dominio público e infraestructuras

Actuaciones en cauces públicos

Subvenciones directas a ayuntamientos para:

  • Restauración y renaturalización de cauces
  • Reparación y adecuación en zonas urbanas
  • Recomposición hábitats fluviales
  • Retirada de tapones y sedimentos

Objetivo: Recuperar capacidad hidráulica para futuros episodios

Infraestructuras hidráulicas estatales

Actuaciones urgentes:

  • Reparación embalses dañados por laminación de avenidas
  • Restauración funcionalidad infraestructuras
  • Garantizar seguridad estructural y operativa

Procedimiento: Tramitación por procedimiento de emergencia (art. 120 Ley Contratos Sector Público)

Protección costa

Actuaciones previstas:

  • Protección dominio público marítimo-terrestre
  • Restauración capacidad respuesta frente a erosión litoral
  • Mitigación efectos cambio climático

Infraestructuras de transporte

Créditos extraordinarios: Tres créditos al Ministerio de Transportes para:

  • Reposición infraestructuras estatales dañadas
  • Carreteras, ferrocarriles, puertos
  • En Andalucía y Extremadura

Qué hacer paso a paso si eres autónomo o empresa

Paso 1: Confirma si estás en zona afectada

Acciones:

  1. Consulta el anexo del RDL en BOE
  2. Pregunta en tu ayuntamiento
  3. Consulta web Ministerio Política Territorial
  4. Llama a Delegación/Subdelegación del Gobierno

Paso 2: Identifica qué ayudas te corresponden

Autónomo: ✅ Ayuda directa 5.000€ (si actividad afectada) ✅ Prestación cese de actividad (si cesaste) ✅ Moratoria cuotas Seguridad Social ✅ Ayudas vivienda (si daños personales) ✅ Ayuda desalojos (si fuiste desalojado)

Empresa: ✅ Ayuda directa 10.000-150.000€ (según facturación) ✅ Exención cuotas SS trabajadores afectados ✅ ERTE especial fuerza mayor ✅ Ayudas establecimientos industriales/comerciales ✅ Exención IBI/IAE 2026

Agricultor/ganadero: ✅ Ayuda extraordinaria directa ✅ Ayuda complementaria seguro agrarioBonificación 70% prima seguro ✅ Ayudas infraestructuras (caminos, regantes)

Paso 3: Prepara documentación

Ayuda directa 5.000€/empresa:

  • NIF/CIF
  • Cuenta bancaria IBAN
  • Alta en actividad en zona afectada
  • (La AEAT comprobará el resto)

Ayudas por daños:

  • Certificado empadronamiento
  • Documentación titularidad (IBI, escrituras, contrato alquiler)
  • Informe pericial de daños (si no hay seguro)
  • Certificado Consorcio Seguros (si lo hay)

Ayuda desalojos:

  • Certificado padrón
  • Declaración responsable días desalojado
  • Información municipal sobre desalojo

Paso 4: Presenta las solicitudes

Ayuda directa autónomos/empresas:Plazo: hasta 30 junio 2026 📍 Dónde: Sede electrónica AEAT (formulario específico) 💻 Acceso: Certificado digital o Cl@ve

Ayudas por daños (Interior):Plazo: 3 meses desde publicación BOE (hasta 19 mayo 2026) 📍 Dónde: Delegación/Subdelegación del Gobierno 💻 Presencial o telemático (según habiliten)

Anticipos:

  • Solicitar junto con la ayuda principal
  • Mediante declaración responsable
  • Autorizando consulta datos en Plataforma Intermediación

Paso 5: Solicita beneficios fiscales

Exención IBI/IAE:

  • Solicita al ayuntamiento
  • Presenta documentación daños
  • Si ya pagaste, pide devolución

Reducción IRPF agrario:

  • Automática en declaración Renta 2027
  • Si estás en módulos (estimación objetiva)

Moratoria SS:

  • Solicita a Tesorería General SS
  • Presenta justificación afectación actividad

Paso 6: Seguimiento

Plazos resolución:

  • Ayudas directas: Estimado 1-2 meses
  • Ayudas por daños: Según carga trabajo
  • Anticipos: Más rápido (declaración responsable)

Pago:

  • Transferencia bancaria a cuenta indicada
  • Inembargable
  • Exento de tributación

Consultas:

  • Teléfono Delegaciones del Gobierno
  • AEAT: 901 33 55 33
  • Ayuntamientos afectados

Entrada en vigor y plazos clave

Fechas importantes

HitoFecha
Publicación BOE19 febrero 2026
Entrada en vigor20 febrero 2026 (día siguiente)
Efectos retroactivosDesde 1 enero 2026 (ayudas agrarias)
Desde 10 nov 2025 (otros daños)
Plazo formulario AEATHasta 30 junio 2026
Plazo ayudas daños (Interior)3 meses (hasta 19 mayo 2026)
Comisión Evaluación1 mes para determinar municipios

Aplicación retroactiva

Medidas laborales: Efectos desde 4 de febrero de 2026

Ayudas agrarias: Daños desde 1 de enero de 2026

Resto de ayudas: Daños desde 10 de noviembre de 2025

Solicitudes ya presentadas: Se tramitarán con la nueva normativa (más favorable)

Conclusión: ayudas masivas y rápidas para la recuperación

El Real Decreto-ley 5/2026 aprobado ayer establece un paquete de ayudas sin precedentes para Andalucía y Extremadura tras las devastadoras borrascas. Con 200 millones de euros en créditos extraordinarios iniciales (ampliables), medidas fiscales, laborales y de protección social, el Gobierno busca una respuesta coordinada e integral.

Puntos clave a recordar:

Autónomos: 5.000€ ayuda directa + prestación cese actividad

Empresas: 10.000-150.000€ según facturación

Formulario AEAT: hasta 30 junio 2026

Ayudas NO tributan en IRPF ni Sociedades

Agricultores: ayuda directa + 70% bonificación seguro

Vivienda: hasta 60.480€ destrucción total

Desalojos: 150€/día por persona

Exención IBI e IAE 2026 en inmuebles afectados

Anticipos: 50% particulares, 100% ayuntamientos

ERTEs especiales: sin carencia, no consume cotización

Si eres autónomo, empresa o agricultor en zonas afectadas, confirma tu municipio en la lista oficial, prepara tu documentación y presenta el formulario AEAT antes del 30 de junio. Las ayudas por daños tienen plazo hasta el 19 de mayo. No dejes pasar estas ayudas: son directas, rápidas e inembargables.

Fuentes: BOE núm. 44 (19/02/2026), Real Decreto-ley 5/2026, Ministerio de Política Territorial, Ministerio del Interior · Última actualización: 19 febrero 2026